Entró en vigencia la ley de electrodependientes

La norma prevé la gratuidad del servicio eléctrico para las personas con patologías que requieren el uso permanente de esa energía. Sin embargo, aún resta que el Gobierno enfile todos los dispositivos del Estado para su aplicación plena.

Victoria Kajetowski

Lomas de Zamora, septiembre 26 (AUNO).- El Gobierno reglamentó la ley 27.351 que brinda la gratuidad del servicio eléctrico a las personas cuyos problemas de salud requieren del uso permanente de los equipos eléctricos, y determinó que el Ministerio de Salud sea una entidad complementaria a la cartera de Energía y Minería, que será la autoridad de aplicación.

La medida fue bien recibida por el miembro de la Asociación Argentina de Electrodependientes Mauro Stefanizzi, quien en diálogo con AUNO dijo estar “de acuerdo” con la norma tal cual fue puesta en marcha a través de su publicación en el Boletín Oficial. Ese decreto “le da la potestad a los electrodependientes de acceder a la gratuidad del servicio”, destacó.

No obstante, la empresa Edesur aún “no tiene un marco legal” para la aplicación de la normativa a los potenciales beneficiaros de todo el país, aclaró Stefanizzi, el vecino de Banfield que impulsó el proyecto de ley y cuyo hijo Joaquín padece una enfermedad crónica por la cual precisa de la energía eléctrica constante para vivir.

Mauro Stefanizzi impulsó el proyecto luego de sufrir el tarifazo que hizo que la concesionaria enviara una boleta de 2200 pesos por el servicio, un monto que él no podía pagar. A raíz de eso y luego de desandar un largo camino entre familias con igual suerte solicitó al Estado que se incluyan a los electrodependientes dentro del régimen que los exime de pagar la tarifa.

La legislación permite “garantizar el servicio eléctrico permanente en el domicilio del titular del servicio o de sus convenientes que se encuentre registrado” y también permite que los costos de instalación sean gratuitos a través del reconocimeinto de la totalidad de la facturación del servicio público de provisión de energía electica, indica la ley.

En tanto, el artículo número 8 del decreto de reglamentación menciona que el Estado será el encargado de establecer las condiciones necesarias para la inscripción en el “Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud” y dictará las normas aclaratorias y complementarias para su aplicación.

Además, se establece que el Ministerio de Energía y Minería, junto con el de Salud, desarrollarán campañas de difusión educativa para la “concientización” sobre los derechos de los usuarios electrodependientes por cuestiones de salud.

El decreto del Poder Ejecutivo que pone en vigencia la ley fue publicado cuatro meses después de sancionada la norma y el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) aún no reglamentó la provisión de los grupos electrógenos para quienes estén inscriptos en el registro de beneficiarios.

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AUNO-26-09-17

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